La consellería de Medio Ambiente convoca las ayudas para la protección de los árboles y formaciones senlleiras de Galicia (2015)

El Diario Oficial de Galicia publicó el 15 de abril la orden que regula la concesión de ayudas a las personas o entidades propietarias de árboles y formaciones singulares para su conservación, protección y mejora

Las aportaciones podrán conseguir el 100% de los gastos subvencionables, fijándose un importe máximo de 6.000 euros por árbol y 12.000 euros de ayuda por formación

En el Comité de Árboles Senlleiros serán valoradas esta tarde 63 nuevas solicitudes de inclusión, 52 correspondientes a árboles y 11 la formaciones, relativas a 22 especies vegetales

La Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, a través de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, publica hoy en el Diario Oficial de Galicia (DOG) las bases reguladoras para las ayudas que se concederán este mismo año para la conservación, protección y mejora de los árboles y formaciones senlleiras de Galicia. El objeto de esta orden es regular a concesión de ayudas a las personas o entidades propietarias de árboles y formaciones singulares para su conservación, protección y mejora.

Por otra parte, hoy se celebrará en Santiago la reunión común del Comité de los Árboles Senlleiros, donde se dará cuenta de las solicitudes recibidas de nuevas incorporaciones en el Catálogo gallego. Esta reunión está presidida por la directora general de Conservación de la Naturaleza, Verónica Tellado, y contará con la participación de representantes designados por diferentes instituciones y organismos, que tienen como finalidad a protección, conservación o divulgación de los árboles senlleiros.

Los miembros del Comité de los Árboles Singulares valorarán el conjunto de solicitudes de catalogación de ejemplares y formaciones recibidas, atendiendo, entre otros, a criterios morfológicos, históricos, culturales, estéticos y paisajísticos, para seleccionar la mejor representación de las diferentes especies arbóreas a nivel autonómico. En total son 63 las nuevas solicitudes de inclusión que estudiará el Comité para evaluar si son merecedoras de formar parte de este registro -52 de árboles y 11 de formaciones relativas a 22 especies vegetales en las que destacan, como en años anteriores, robles (24 solicitudes), sobreiras (8) o castaños (5).

En esta reunión, la Xunta tratará la reciente publicación de la modificación del Decreto por el que regula este Catálogo.

Subvenciones
En relación a la orden de ayudas publicada hoy en el DOG, hace falta destacar que podrán conseguir el 100% de los gastos subvencionables, fijándose un importe máximo de 6.000 euros de ayuda por árbol y 12.000 euros de ayuda por formación, llegando a un total de casi 151.000 euros para este ejercicio. El plazo para su presentación será de un mes contando a partir del día siguiente de la publicación de esta orden en el DOG.

Estas subvenciones nacen del deber que tienen las Administraciones públicas de promover iniciativas de conservación de la naturaleza y desincentivar aquellas que tengan un incidente negativo sobre la conservación de la biodiversidad y el uso sostenible del patrimonio natural.

Así serán subvencionables actuaciones como podas o tratamientos fitosanitarios necesarios para la conservación de los árboles protegidos, acciones encaminadas a la conservación de mejoras en el entorno; la elaboración de materiales divulgativos y señalización, además de la creación, mantenimiento y conservación de accesos relacionados con el régimen de uso público.

Podrán beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas, incluyendo los Ayuntamientos, propietarias de los árboles incluidos, siempre y cuando estos árboles y/o formaciones estén incluidas en el Catálogo Gallego de Árboles Senlleiros con anterioridad a la entrada en vigor de la presente orden y sólo se admitirá una única solicitud por persona o entidad solicitante.

Las solicitudes deberán presentarse preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.es. Para la presentación de las solicitudes será necesario el DNI electrónico o cualquiera de los certificados electrónicos reconocidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Las ayudas previstas en esta orden serán compatibles con otras subvenciones de cualquiera otra administración pública para la misma finalidad, siempre que la suma de las subvenciones concedidas no supere el importe total de los gastos.

La aprobación de la subvención implicará el compromiso de las personas o entidades solicitantes de ejecutar las acciones indicadas en las condiciones previstas en la resolución y las personas o entidades beneficiarias habrán de conservar, por lo menos durante cinco años, los documentos acreditativos de la utilización de los fondos recibidos.

El Catálogo gallego de árboles senlleiros
Con el ánimo de hacer más ágil y dinámico el procedimiento de catalogación se modificó recién la norma que lo regula, modificando también el funcionamiento del propio Comité de los Árboles Senlleiros, no sólo en el relativo a sus funciones, sino también en las previsiones referidas a sus reuniones, dejando que sea el propio comité el que determine la periodicidad de convocatoria en su reglamento de funcionamiento.

Cabe señalar que el Catálogo gallego de árboles senlleiros data del año 2007, por lo que se hizo necesario también modificar el régimen de protección preventiva establecido en la norma que lo regula.

El Catálogo incluye en la actualidad un total de 173 elementos reconocidos, de los cuales 142 corresponden a árboles de 68 especies diferentes, y 31 la distintas formaciones arboladas compuestas por 19 especies distintas. Las provincias de Pontevedra (con 47 árboles y 9 formaciones) y A Coruña (con 41 y 13, respectivamente) son las que cuentan con mayor número de elementos incluidos en el catálogo; Lugo tiene catalogados 35 árboles y 2 formaciones, mientras que Ourense tiene 19 y 7 respectivamente.

En este registro público de carácter administrativo se incluyen todos aquellos árboles y formaciones excepcionales merecedores de protección en atención a las excepcionales características del suyo porte, proporciones, edad, rareza, significación histórica o cultural, interés científico, educativo, estético, paisajístico o cualquiera otra circunstancia que las haga merecedores de una especial protección.

Se configura como una herramienta abierta y en constante actualización, pudiendo proponer la inclusión de elementos sus propietarios, las administraciones públicas, centros de investigación o asociaciones y entidades privadas o públicas que tengan entre sus fines estatutarios la protección de la naturaleza.

Fuente: CMATI

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Jose Taboada

Licenciado en Geografía, Postgrado en Ordenación y Desarrollo Territorial (USC) y Master de Sostenibilidad y Responsabilidad Social Corporativa (USC).

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